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La ONU impulsa informe que pide despenalizar las relaciones sexuales entre adultos y menores de edad

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Un nuevo alarmante informe copatrocinado por la ONU refleja una aseveración preocupante: que los adultos puedan tener relaciones sexuales con niños sin que sea penado por la ley. El mismo fue redactado por el Comité Internacional de Juristas (CIJ), ONUSIDA y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), y se publicó con el supuesto objetivo de orientar “la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos al derecho penal“. El escrito consolida una serie de principios que busca despenalizar los delitos relacionados con “el sexo, el consumo de drogas, el VIH, la salud sexual y reproductiva, la falta de vivienda y la pobreza“ y se denomina “Principios del 8 de marzo“. Según los expertos de la ONU, criminalizar los delitos relacionados con estos temas constituye un ataque a los derechos humanos: “El derecho penal es una de las herramientas más duras de que dispone el Estado para ejercer control sobre las personas... como tal, debería ser una medida de último recurso, sin embargo, a nivel mundial, ha habido una tendencia creciente hacia la sobrecriminalización“, escribió Ian Seiderman, Director de Derecho y Política de la Corte Internacional de Justicia, en el comunicado de prensa. “Debemos reconocer que estas leyes no sólo violan los derechos humanos, sino los propios principios fundamentales del derecho penal“. Uno de los aspectos principales del informe es la despenalización de lo que ellos llaman “trabajo sexual”: “En el mundo del VIH, el abuso y mal uso de las leyes penales no sólo afecta al derecho a la salud, sino a multitud de derechos, entre ellos: a no ser discriminado, a la vivienda, a la seguridad de la persona, a la circulación, a la familia, a la intimidad y a la autonomía corporal y, en casos extremos, al propio derecho a la vida. En los países donde el trabajo sexual está penalizado, por ejemplo, las trabajadoras del sexo tienen siete veces más probabilidades de vivir con el VIH que en aquellos donde está parcialmente legalizado. Ser criminalizado también puede significar verse privado de la protección de la ley y de la aplicación de la ley. Y, sin embargo, las comunidades criminalizadas, especialmente las mujeres, suelen tener más probabilidades de necesitar la misma protección que se les niega”. “PRINCIPIO 16: La conducta sexual consentida, con independencia del tipo de actividad sexual, el sexo/género, la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género de las personas implicadas o su estado civil, no puede ser penalizada en ninguna circunstancia. Las relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo, así como las relaciones sexuales consentidas entre personas de distinto sexo, o las relaciones sexuales consentidas con o entre personas trans, no binarias y otras personas con diversidad de género, o fuera del matrimonio -ya sean prematrimoniales o extramatrimoniales- no podrán, por tanto, ser penalizadas en ningún caso. Con respecto a la aplicación del derecho penal, cualquier edad mínima prescrita para el consentimiento sexual debe aplicarse de manera no discriminatoria. La aplicación de la ley no puede estar vinculada al sexo/género de los participantes ni a la edad de consentimiento para contraer matrimonio. Además, la conducta sexual en la que participen personas por debajo de la edad mínima de consentimiento sexual prescrita en el país puede ser consentida, de hecho, si no de derecho. En este contexto, la aplicación del derecho penal debe reflejar los derechos y la capacidad de las personas menores de 18 años para tomar decisiones sobre la participación en conductas sexuales consentidas y su derecho a ser escuchadas en los asuntos que les conciernen. De conformidad con la evolución de sus capacidades y su autonomía progresiva, las personas menores de 18 años deben participar en las decisiones que les afecten, teniendo debidamente en cuenta su edad, madurez e interés superior, y prestando especial atención a las garantías de no discriminación”.

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